Novedades en psicología forense 2025-2026: actualización del campo
Los últimos años han sido especialmente intensos para la psicología forense en España: nuevos sistemas diagnósticos, una reforma profunda del Código Civil en materia de capacidad, una ley de violencia sexual que ha transformado el marco pericial y la entrada de la inteligencia artificial al debate metodológico. En este artículo hago un repaso honesto y actualizado de todo lo que ha cambiado y lo que implica para la práctica forense cotidiana.
La psicología forense es un campo que no se detiene. A diferencia de otras áreas de la psicología, donde las novedades teóricas tardan años en llegar a la práctica clínica diaria, en el ámbito forense los cambios legislativos y nosológicos se traducen de manera muy directa en cómo trabajamos, en qué preguntas nos hacen los tribunales y en cómo argumentamos nuestras conclusiones en un informe pericial. Llevo más de ocho años haciendo peritajes y evaluaciones forenses, y puedo decir que los últimos cuatro o cinco años han sido de los más intensos en términos de cambios relevantes para nuestra práctica.
En este artículo quiero hacer una revisión honesta y práctica de las principales novedades que han marcado la psicología forense entre 2022 y 2026. No es un artículo académico exhaustivo: es mi intento de sintetizar lo que considero más importante para cualquier psicólogo que trabaje o quiera trabajar en el ámbito forense, y para cualquier profesional jurídico o parte en un procedimiento que quiera entender cómo ha evolucionado el campo.
La CIE-11 y sus implicaciones periciales
La Organización Mundial de la Salud publicó la CIE-11 en 2019 y entró en vigor internacionalmente el 1 de enero de 2022. España la ha ido implementando progresivamente, y a día de hoy es el sistema de referencia en muchos contextos clínicos y médicos. Para el psicólogo forense, la CIE-11 introduce cambios que afectan directamente a algunos de los diagnósticos más habituales en el entorno judicial.
Los cambios que considero más relevantes para la práctica pericial son:
- Trastorno de Estrés Postraumático Complejo (C-PTSD, código 6B41): la CIE-11 reconoce por primera vez el C-PTSD como una categoría diagnóstica independiente del TEPT clásico. El C-PTSD se caracteriza por la presencia de los síntomas nucleares del TEPT —reexperimentación, evitación, hiperactivación— más tres dominios adicionales de desregulación: afectiva, de la identidad y de las relaciones interpersonales. Para los peritajes en casos de violencia crónica, maltrato reiterado o trauma de la infancia, contar con un diagnóstico específico para este cuadro es extraordinariamente relevante. Hasta ahora, muchos peritos teníamos que argumentar con circunloquios o diagnósticos combinados para describir lo que la CIE-11 ahora nombra con precisión.
- Trastorno de Duelo Prolongado (código 6B42): otro diagnóstico nuevo de la CIE-11 con implicaciones forenses evidentes. Se aplica cuando el duelo por la muerte de una persona querida persiste de manera intensa e incapacitante más allá de seis meses, interfiriendo significativamente en el funcionamiento diario. En peritajes de daños psíquicos derivados de accidentes u homicidios, la posibilidad de diagnosticar un Trastorno de Duelo Prolongado abre la puerta a argumentar un daño específico y documentado, diferente del duelo normal, con evidencia de validación creciente.
- Reorganización del TDAH: la CIE-11 ha trasladado el TDAH a los trastornos del neurodesarrollo y ha actualizado los criterios, con una descripción más explícita de la presentación en adultos. En contextos forenses donde el TDAH es relevante —responsabilidad penal atenuada, evaluación de la imputabilidad, custodia de menores con diagnóstico de TDAH—, esta actualización exige que los peritos estén al día de las equivalencias y diferencias entre CIE-11 y DSM-5-TR.
- Revisión de las categorías residuales: la CIE-11 ha revisado su estructura categorial de manera que las categorías residuales son menos frecuentes, lo que obliga al psicólogo forense a ser más preciso en el diagnóstico que presenta ante el tribunal.
El DSM-5-TR (2022): texto revisado y actualizaciones clave
En 2022 la American Psychiatric Association publicó el DSM-5-TR, una revisión del texto del DSM-5 que no introduce nuevos diagnósticos mayores pero sí actualiza los criterios de varias categorías, añade nuevos codificadores y revisa algunos especificadores relevantes. Para el psicólogo forense que trabaja en entornos donde el DSM es el sistema de referencia —o donde convive con la CIE—, es necesario conocer los cambios principales.
Las actualizaciones del DSM-5-TR más relevantes para la práctica pericial incluyen:
- Trastorno de Duelo Prolongado (Prolonged Grief Disorder): el DSM-5-TR incorpora por primera vez el Trastorno de Duelo Prolongado como diagnóstico oficial, alineándose con la CIE-11 en el reconocimiento de este cuadro. Los criterios son ligeramente diferentes —el DSM-5-TR establece un criterio temporal de un año para los adultos, frente a los seis meses de la CIE-11—, lo que puede generar discusiones periciales cuando se trabaja con sistemas clasificatorios paralelos.
- Revisiones en los especificadores de los trastornos depresivos: se han actualizado algunos codificadores de gravedad y especificadores que afectan a la documentación y codificación de los cuadros, relevantes para peritajes de daños psíquicos y evaluación de discapacidad.
- Actualizaciones en la codificación del TDAH: el DSM-5-TR ha revisado algunos aspectos de la presentación del TDAH en adultos. Ahora se subraya de manera más explícita que los síntomas de hiperactividad-impulsividad en adultos pueden manifestarse de manera distinta que en niños —inquietud interna, dificultad para mantener la atención en conversaciones, impulsividad verbal—, lo cual es importante en contextos de evaluación de la responsabilidad penal.
- Criterio de validez cultural: el DSM-5-TR hace un esfuerzo explícito por incorporar consideraciones culturales en la descripción de los trastornos, recordando a los clínicos y peritos que la expresión sintomática está culturalmente modulada. Esto tiene implicaciones directas en peritajes de personas migrantes o de contextos culturalmente alejados del modelo normativo occidental.
La reforma del Código Civil (Ley 8/2021): el cambio de paradigma en capacidad
El 3 de septiembre de 2021 entró en vigor la Ley 8/2021, de reforma del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Para la psicología forense, este es probablemente el cambio legislativo más profundo de la última década.
La reforma elimina la figura de la incapacitación judicial y la sustituye por un sistema de medidas de apoyo graduadas. El principio rector ya no es sustituir la voluntad de la persona —como hacía la tutela clásica— sino darle el apoyo que necesita para ejercer su capacidad jurídica. Esto implica un cambio de pregunta pericial fundamental:
- Antes: "¿Es o no es capaz esta persona de gobernarse a sí misma?" (pregunta binaria que conducía a la incapacitación total o parcial)
- Ahora: "¿En qué áreas y decisiones específicas necesita apoyo esta persona, y con qué intensidad debe darse ese apoyo?" (pregunta funcional y graduada)
Para el psicólogo forense, esto exige una evaluación mucho más detallada y funcional. Ya no basta con un CI y una exploración de la personalidad: hay que evaluar la capacidad de la persona para tomar decisiones en dominios concretos —gestión económica, salud, relaciones, vivienda—, identificar qué apoyos ya tiene en su entorno y recomendar medidas proporcionales y lo menos restrictivas posible. Los instrumentos de evaluación funcional —escalas de autonomía, baterías de funciones ejecutivas, protocolos de evaluación de la toma de decisiones— han ganado mucho peso en este nuevo paradigma.
La Ley Orgánica 10/2022 y el peritaje en violencia sexual
La Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, entró en vigor en octubre de 2022 y modificó de manera sustancial el Código Penal en materia de delitos sexuales. El principio clave de la reforma es que cualquier acto sexual sin consentimiento expreso constituye un delito: el "solo sí es sí" como estándar de consentimiento. Esta reorientación del tipo penal tiene implicaciones directas para el psicólogo forense.
En mi experiencia, los cambios más significativos para el trabajo pericial han sido:
- La evaluación del consentimiento en personas vulnerables: cuando la víctima padece un trastorno mental, una discapacidad intelectual o se encontraba en una situación de alteración de la consciencia en el momento de los hechos, la pregunta pericial sobre la capacidad de consentir es central. El psicólogo forense debe poder argumentar si la persona era capaz de comprender la naturaleza del acto y de expresar una voluntad libre y sin presión.
- El daño psíquico como elemento del tipo: la ley y la jurisprudencia posterior han reforzado la importancia de evaluar el daño psíquico de la víctima de manera rigurosa. El informe pericial sobre el daño psíquico —sintomatología traumática, gravedad, nexo de causalidad— es cada vez más determinante en la instrucción y el juicio oral.
- La credibilidad del testimonio: en delitos sexuales, a menudo la palabra de la víctima es la prueba principal. La evaluación de la credibilidad del testimonio —a través del SVA, el CBCA y de instrumentos específicos— ha recobrado protagonismo en los escritos periciales.
- La formación continuada del perito: la ley generó un debate intenso en los primeros meses de aplicación, con algunas sentencias polémicas. El psicólogo forense debe estar al día de la jurisprudencia actualizada y de los debates doctrinales para poder argumentar sus conclusiones en un entorno judicial en evolución.
Neurofísica forense y neuroimagen: avances y limitaciones
Una de las áreas de crecimiento más visible en la psicología forense internacional de los últimos años es la aplicación de técnicas de neuroimagen —RMf, PET, EEG de alta resolución— a cuestiones forenses como la imputabilidad, la detección de mentiras o la predicción de reincidencia. Quiero ser honesto sobre dónde estamos realmente.
Las técnicas de neuroimagen forense han avanzado científicamente de manera notable: hay estudios sólidos sobre diferencias cerebrales en personas con psicopatía, trastornos de la impulsividad o secuelas de traumatismos craneoencefálicos. Pero la distancia entre el hallazgo científico de grupo y la aplicabilidad al caso individual —que es lo que pide un tribunal— sigue siendo muy grande. Ningún resultado de neuroimagen puede, por sí solo, establecer si una persona concreta era imputable en el momento de un delito.
Lo que sí es operativo hoy en la práctica forense española:
- La evaluación neuropsicológica de secuelas cognitivas de accidentes (traumatismos craneoencefálicos, anoxias, ictus) con baterías estandarizadas y pruebas de validez del rendimiento
- El uso de informes de neuroimagen médica (RMN estructural) como documentación complementaria en peritajes de discapacidad o daños psíquicos orgánicos
- La integración de pruebas de conductividad galvánica y variabilidad de la frecuencia cardíaca en protocolos de investigación, con uso forense aún muy limitado
Inteligencia artificial y peritaje psicológico: un debate abierto
La irrupción de la inteligencia artificial en todos los ámbitos profesionales no podía dejar al margen a la psicología forense. En los últimos dos años he visto un número creciente de herramientas que pretenden automatizar partes del trabajo pericial: análisis de voz para detectar estrés o engaño, sistemas de procesamiento del texto para identificar patrones en declaraciones, algoritmos de predicción de reincidencia basados en variables sociodemográficas.
Mi posición sobre todo esto es clara y, creo, bien fundamentada: la IA puede ser un auxiliar útil para organizar información, revisar documentación extensa o sugerir hipótesis de trabajo, pero no puede sustituir el juicio clínico del psicólogo forense experto. Y lo digo por una razón muy concreta: los tribunales exigen no solo una conclusión, sino un razonamiento argumentado, transparente y defendible en un interrogatorio. Una "caja negra" algorítmica no puede ser sometida a contrainterrogatorio de la manera en que puede serlo un psicólogo colegiado que explica paso a paso cómo ha llegado a su conclusión.
Hay además un problema serio de sesgo. Muchos algoritmos predictivos entrenados en datos norteamericanos muestran sesgos raciales y socioeconómicos documentados que los hacen inaplicables —y éticamente problemáticos— en el contexto español. El Comité Bioético de España y varias sociedades psicológicas europeas han emitido alertas en este sentido.
Hacia dónde va la psicología forense: tendencias para los próximos años
A partir de lo que he vivido como profesional y de lo que leo en la literatura especializada, las tendencias que considero más relevantes para los próximos años son:
- Mayor integración de los modelos multidimensionales: la dicotomía clásica entre el modelo categorial (diagnóstico) y el modelo dimensional (perfiles continuos) se está disolviendo en la práctica forense. Los informes periciales cada vez deben integrar ambas lecturas.
- Estandarización de las medidas de daño psíquico: hay un movimiento creciente para establecer protocolos consensuados de valoración del daño psíquico en víctimas de delitos, que faciliten la comparabilidad entre peritajes y reduzcan la discrecionalidad.
- Regulación del uso de la IA en peritaje: la aprobación del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (AI Act), en vigor desde 2024, clasifica los sistemas de evaluación de personas en contextos judiciales como sistemas de alto riesgo, lo que impone requisitos de transparencia, supervisión humana y no discriminación que limitarán el uso irresponsable de algoritmos en peritajes.
- Especialización en trauma complejo: el reconocimiento del C-PTSD en la CIE-11 y la creciente evidencia sobre el trauma crónico están generando una demanda creciente de psicólogos forenses con formación específica en trauma complejo y violencia de género.
- Mejora de los protocolos para menores: las recomendaciones europeas para la entrevista forense de menores están convergiendo hacia estándares más uniformes, con influencia creciente de protocolos como el NICHD o el RI-3.
La psicología forense es un campo exigente que requiere formación continua, rigor metodológico y, sobre todo, humildad intelectual: saber lo que podemos y lo que no podemos decir ante un tribunal es tan importante como saber decirlo bien. Si tienes una consulta sobre peritaje psicológico, evaluación forense o alguno de los temas tratados en este artículo, puedes contactar conmigo por WhatsApp. Atiendo en Manresa (Carretera de Vic, 22, 4º piso), en La Seu d'Urgell (Carrer Sant Ot, 1) y, en algunos casos, en formato telemático para profesionales jurídicos de todo el Estado.
Psicología forense en Manresa: peritaje e informes judiciales
Ejerzo como perito psicólogo judicial desde Manresa, en el Bages. Si necesitas un perito psicólogo en Manresa para un procedimiento judicial (custodia, violencia de género, daño psicológico, incapacitación), puedes contactar conmigo. Mi especialidad en psicología forense en Manresa incluye la redacción de informes periciales y la declaración ante juzgados de Catalunya y España. 60€/sesión de consulta.
¿Necesitas un peritaje psicológico o una consulta forense?
Trabajo con abogados, particulares y tribunales para proporcionar evaluaciones forenses rigurosas y actualizadas. Primera visita sin compromiso, 60€/sesión. Escríbeme por WhatsApp para explicarme el caso y valorar si puedo ayudarte. Atiendo en Manresa, en La Seu d'Urgell y en formato online para profesionales jurídicos de todo el Estado.
Preguntas frecuentes sobre las novedades en psicología forense
¿Qué cambia con la CIE-11 en el trabajo pericial psicológico?
La CIE-11, en vigor desde el 1 de enero de 2022, introduce diagnósticos nuevos relevantes para la práctica pericial: el Trastorno de Duelo Prolongado (6B42), el Trastorno de Estrés Postraumático Complejo (6B41) y una reorganización del TDAH dentro de la categoría de trastornos del neurodesarrollo. Estos cambios afectan directamente a la valoración del daño psíquico, las argumentaciones sobre responsabilidad y los debates sobre imputabilidad. El psicólogo forense debe conocer las equivalencias entre sistemas clasificatorios para trabajar en contextos donde se utilizan indistintamente la CIE y el DSM.
¿Cómo afecta la Ley Orgánica 10/2022 al peritaje psicológico en casos de violencia sexual?
La Ley Orgánica 10/2022, conocida como la "ley del solo sí es sí", modificó el Código Penal español para situar el consentimiento como eje central de la tipificación de la violencia sexual. Para el psicólogo forense, esto tiene implicaciones prácticas importantes: la evaluación del daño psíquico a la víctima, la credibilidad del testimonio y la valoración de la afectación de la capacidad de consentir se han convertido en preguntas periciales más centrales. Además, la ley impulsó un debate sobre cómo evaluar la capacidad de consentir en personas con trastornos mentales o discapacidades intelectuales, que sigue vigente en la práctica pericial.
¿Qué impacto tiene la reforma del Código Civil de 2021 en el peritaje psicológico de capacidad?
La Ley 8/2021, de reforma del Código Civil en materia de discapacidad, supuso un cambio de paradigma: sustituye la "incapacitación" por un modelo basado en medidas de apoyo graduadas y adaptadas a las necesidades reales de la persona. Para el psicólogo forense, ya no es suficiente con una dicotomía capaz/incapaz: se requiere una evaluación funcional detallada que identifique en qué esferas de la vida la persona necesita apoyo y con qué intensidad. Esto implica el uso de instrumentos funcionales —escalas de autonomía, de funciones ejecutivas, de toma de decisiones— además de los tests clásicos de personalidad e inteligencia.
¿Es el C-PTSD un diagnóstico válido ante los tribunales españoles?
El Trastorno de Estrés Postraumático Complejo (C-PTSD o TEPT-C) es un diagnóstico oficial de la CIE-11 desde 2022, lo que le otorga reconocimiento en el sistema internacional de clasificación de enfermedades. En el contexto de los tribunales españoles, puede ser alegado y argumentado pericialmente, especialmente en casos de violencia reiterada, maltrato crónico o trauma complejo de la infancia. El DSM-5-TR, en cambio, no recoge el C-PTSD como categoría independiente, lo que genera debates periciales cuando las partes usan sistemas clasificatorios distintos. El psicólogo forense debe saber argumentar las diferencias y similitudes entre ambos sistemas ante el tribunal.
¿Es fiable el uso de la inteligencia artificial en psicología forense?
La IA en psicología forense es un campo emergente que requiere una precaución metodológica muy alta. Las herramientas de análisis de voz, microexpresiones faciales o procesamiento de texto pueden ser útiles como apoyo complementario, pero ninguna ha alcanzado niveles de validez y fiabilidad suficientes para sostener por sí solas una conclusión pericial ante un tribunal. La responsabilidad del juicio pericial recae siempre en el psicólogo colegiado. A día de hoy, la IA puede ayudar en la revisión de documentación extensa o en la estructuración del trabajo, pero no puede sustituir la entrevista clínica, la batería psicométrica validada ni el razonamiento clínico del profesional.